Comparte esa nota:

La Clave Única de Registro de Población (CURP) biométrica será una realidad en México tras la aprobación de reformas a la Ley General de Población por parte de la Cámara de Diputados, tanto en lo general como en lo particular.

¿Qué es la CURP biométrica?

La CURP es un identificador único compuesto por 18 caracteres alfanuméricos que acredita la identidad de las personas mexicanas y residentes extranjeros con estancia legal en el país. Hasta ahora, incluía datos como:

Con las nuevas reformas, se incorporarán datos biométricos como:

Además, se permitirá cambiar el dato de sexo por el de género.

Documento nacional de identificación

La nueva CURP biométrica se convertirá en el documento nacional de identificación obligatorio, con aceptación universal en todo el territorio mexicano.

Podrá tramitarse en formato físico y también en versión digital, administrada por la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones. La Secretaría de Gobernación (Segob) será la encargada de integrar los datos biométricos, respetando la normativa de protección de datos personales.

Asimismo, se establecerá un Programa de Integración al Registro Nacional de Población e Identidad (Renapo), que incluirá datos biométricos de niñas, niños y adolescentes, en coordinación con los tres niveles de gobierno.

CURP y servicios públicos

La CURP biométrica podrá vincularse al Registro del Sistema Nacional de Salud, con el objetivo de facilitar el acceso universal a servicios médicos. También se contempla la creación de una Plataforma Única de Identidad, que permitirá:

Apoyo en la búsqueda de personas desaparecidas

Junto con estas reformas, también se modificó la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, creando la Plataforma Única de Identidad como herramienta para:

Esto permitirá el monitoreo constante de personas desaparecidas, facilitando su localización mediante cualquier movimiento o actualización de registros asociados a su identidad biométrica.

¿Cuándo entra en vigor?

Aunque ya fue aprobada en el Congreso, la CURP biométrica aún no tiene fecha exacta de entrada en vigor. Aún se requiere:

  1. Promulgación de las reformas por el Ejecutivo
  2. Publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF)
  3. A partir de ahí, habrá un plazo de 90 días naturales para su implementación

La Secretaría de Gobernación será la encargada de definir los pasos para la incorporación de datos biométricos a las CURP ya existentes.